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Desde julio, los servicios digitales en Santa Fe pagarán un nuevo impuesto provincial

A partir del 1° de julio de 2025, los usuarios de servicios digitales en la provincia de Santa Fe comenzarán a pagar un nuevo tributo: el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, aplicado a plataformas como Netflix, Spotify, Uber y otros servicios en línea. La medida fue formalizada mediante la resolución 30/2025 de la Administración Provincial de Impuestos (API), publicada este martes en el Boletín Oficial.

 

La implementación del gravamen ya estaba contemplada en la Ley Tributaria sancionada por la Legislatura santafesina para este año, pero faltaba la reglamentación oficial por parte del organismo recaudador. Con esta decisión, Santa Fe se suma a otras jurisdicciones del país como Buenos Aires, Córdoba, CABA, Salta, La Pampa, Río Negro, Chaco, Neuquén y Tierra del Fuego, que ya aplican impuestos similares sobre servicios digitales.

 

Según detalla la normativa, las plataformas de suscripción audiovisual, como Netflix o Spotify, serán gravadas con una alícuota del 3%, mientras que los servicios de transporte como Uber —no habilitados en Rosario pero operativos en otras zonas— tendrán una tasa del 4,5%.

 

Actualmente, estas plataformas ya están alcanzadas por el IVA del 21%, vigente a nivel nacional desde 2018. Por ejemplo, si un usuario abona $10.000 mensuales por Netflix, hoy paga $2.100 de IVA y, a partir de julio, se sumarán $300 por Ingresos Brutos, elevando el costo total del servicio.

 

Desde el gobierno provincial argumentan que el objetivo de la medida es nivelar la competencia entre empresas locales y extranjeras, muchas de las cuales evaden tributos provinciales al operar desde el exterior. “No puede ser que una pyme santafesina que ofrece servicios online tribute todos los impuestos y compita con plataformas globales que no pagan nada en la provincia”, señalaron desde API.

 

La percepción del impuesto no será directa, es decir, no la realizarán las plataformas, sino que estará a cargo de intermediarios financieros como billeteras virtuales y empresas procesadoras de pagos (ejemplo: Mercado Pago, tarjetas de crédito, etc.).

 

Además, la resolución contempla un sistema de compensación: los usuarios podrán aplicar el monto retenido a impuestos provinciales, como el Inmobiliario o la Patente Única sobre vehículos, o bien solicitar su devolución, en caso de que no corresponda.