Este lunes 03 de octubre de 2022, en el marco de la Paritaria Docente, el Gobierno de la Provincia de Santa Fe formula la siguiente propuesta sujeto a su aprobación:
SALARIO:
● Devolución del total de los importes descontados de los haberes del mes de septiembre y la no realización de descuentos en los haberes de octubre con motivo de las medidas de fuerza realizadas.
● Pago por planilla complementaria. El pago de los conceptos de devolución de descuentos y aumento salarial se efectivizarán el día 14 de octubre de 2022 por planilla complementaria.
● Un 39% de aumento con relación a valores de febrero 2022, según el siguiente detalle:
➔ A partir de septiembre 2022 un incremento del 20% (Se adiciona 12% al 8% decretado);
➔ A partir de octubre 2022 un incremento del 7%;
➔ A partir de noviembre 2022 un incremento del 7%
➔ A partir de diciembre 2022 un incremento del 5%.
● Cláusula de revisión: El día 1° de diciembre del corriente año, las partes se reunirán a los efectos de monitorear la situación salarial en función de la evolución de las variables inflacionarias, económicas y presupuestarias.
● Blanqueo del salario: Completar el cronograma iniciado por Decreto N° 293/22 de transformación en cifras Remunerativas y No Bonificables, de las sumas No Remunerativas y No Bonificables otorgadas en los años 2020 y 2021, que se efectivizará 100% en el mes de octubre del presente año.
CONDICIONES DE TRABAJO
Se incorpora:
Traslados y Concursos:
• Ofrecer a traslado las vacantes de niveles inicial y primario y modalidad especial que se producen al liberarse al 30/06/2022 las tareas diferentes definitivas.
• Convocar a concurso de ascenso directivo con instancia de formación previa.
• Convocar a concurso en el Nivel Superior estableciendo un orden por carrera.
➔ Creación de 1237 cargos docentes y las horas cátedra necesarias para reforzar la planta escolar.
➔ Mesas Permanentes de Trabajo: Escalafón de suplencias ESI.
SE RATIFICA:
1) Para la extensión del Nivel Primario:
• Se crearán horas cátedras Función 41 genuinas. Las mismas serán ofrecidas, en primer lugar, a las maestras y los maestros a cargo de las secciones respectivas, y en segundo término, a las y los docentes escalafonados en cada institución. La aceptación por parte de las y los agentes será optativa, no obligatoria.
• La jornada extendida amplía el tiempo escolar de las y los estudiantes a 25 horas semanales, pero no
modifica el régimen laboral docente para el desempeño de las horas de extensión, ni altera los derechos adquiridos.
• Los directivos recibirán el beneficio de 2 horas cátedras en el caso de los directores de 4° categoría y de 4 horas cátedras en el caso de los directores de 2° y 3° categoría, como reconocimiento a tareas organizativas y de acompañamiento pedagógico en escuelas con este nuevo formato.
• Las horas cátedras quedan alcanzadas por el régimen de incompatibilidad aplicado a las y los educadores y su desempeño genera acreditación de antigüedad y el derecho a las licencias aplicables al sector.
• Esta ampliación de jornada, será acompañada con la normativa que resulte indispensable y pertinente.
• La implementación se realizará en forma progresiva habilitando un ámbito de discusión con el sector sindical en las instancias de planificación de las respectivas etapas.
2) Para el Nivel Secundario:
• Se iniciará un proceso participativo para la modificación del Decreto 817/81 que incluirá espacios de reflexión y debate con todos los actores educativos.
• El nuevo modelo de la escuela secundaria santafesina, será analizado en espacios institucionales y jornadas gremiales a partir del segundo semestre, que garanticen los intercambios necesarios para construir consensos y aportes de los colectivos docentes y estudiantiles.
3) Para la modalidad de educación permanente para jóvenes y adultos:
• Se ofrecerán a titularización todas las vacantes remanentes del movimiento de traslados según lo establece la convocatoria a concurso.
• En la mesa de trabajo compartida podrán analizarse las situaciones que presenten dificultades a la hora de cubrir las vacantes que sigan produciéndose en el sector
4) Equipos de Convivencia y de Coros y Orquestas:
• Los agentes que integran los equipos de convivencia se integraran en una línea preventiva de trabajo institucional en el marco de las políticas socioeducativas que abordan las situaciones complejas que afectan la dinámica escolar, respetando la especificidad de sus funciones.
• Los agentes que integran los Coros y Orquestas escolares, dependerán administrativamente de la modalidad de Educación Artística, pudiendo construir sus escalafones con los criterios de esta modalidad, pero cumpliendo funciones en las escuelas primarias y secundarias.
5) Concurso de Supervisores:
• Se acuerda realizar una convocatoria a concurso de supervisores con oposición que incluya proceso de
formación.
6) Mesas Permanentes de Trabajo: Para continuar el diálogo de temas pendientes, se establecen Mesas Permanentes de Trabajo, para abordar:
• Reformas normativas, incluyendo el digesto de nivel primario.
• Situación E.E.M.P.A. Nº 1330. Infraestructura escolar.
• Inclusión educativa.
• Creación de cargos y horas.
• Concursos pendientes.
• Formación profesional