A través de la Resolución 488/2021 publicada en el Boletín Oficial, el Ministerio de Trabajo estableció la inscripción para el Programa de Reactivación Productiva, Repro II. Así, quienes requieran de la asistencia económica, tendrán tiempo entre el miércoles 25 y el martes 31 de agosto.
El Ministerio de Trabajo dispuso las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del «Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en Sectores Críticos».
Los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP serán julio de 2019 y el mismo mes de 2021. En tanto, para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia será julio 2021, el corte de actualización de bajas de nómina el 24 de agosto y el corte de actualización CBU, este lunes.
Las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección son las siguientes: presentar una reducción de la facturación superior 20% en términos reales, para el periodo comprendido entre julio 2021 y julio 2019.
El período de referencia de pagos a acreditar, para autónomos será de diciembre de 2020 a junio de 2021 y para monotributo, de enero a julio de este año.
Los sectores que serán beneficiados son: Comercio de rubros no esenciales, indumentaria, textiles, cuero, entre otros. Comercio de ramas esenciales que en los últimos meses fueron afectados por la caída de la circulación, como kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio. Centros de compra localizados en el Área Metropolitana de Buenos Aires (AMBA).




