SE APROBÓ EN LA SESIÓN:
ÍNDICE
1.- ADHESIÓN A LA LICENCIA DE CONDUCIR EN FORMATO DIGITAL
2.- INSTITUCIONALIZARON LA FERIA DEL LIBRO DE ROSARIO
3.- CREACIÓN DEL CONSEJO DE LA BICICLETA
4.- CAPACITARÁN EN PREVENCIÓN Y DETECCIÓN DE SITUACIONES DE
VULNERABILIDAD EN INFANCIAS, ADOLESCENCIAS Y JUVENTUDES
5.- REALIZARÁN JORNADAS PÚBLICAS DE ANÁLISIS PRESUPUESTARIO DE
OBRAS PÚBLICAS NACIONALES Y PROVINCIALES DESTINADAS A ROSARIO
6.- PROPONEN IMPLEMENTAR RECORRIDO TURÍSTICO DE UN TREN A VAPOR
7.- CREAN EL PROGRAMA DE EDUCACIÓN VIAL CON PERSPECTIVA DE
GÉNERO
8.- ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL CONTRA EL CIBERACOSO DE NIÑOS,
NIÑAS Y ADOLESCENTES
9.- CADA 28 DE ABRIL SERÁ EL DÍA DE LA PROMOCIÓN DE LOS DERECHOS
DE LAS NIÑECES Y ADOLESCENCIAS TRANS
10.- CAPACITARÁN A PERSONAL DE TAREAS DE MANTEMIMIENTO EN PODA Y
ESCAMONDA
11.- CREARON PASEO “TOMÁS FELIPE TRINCHE CARLOVICH” EN LAS
INMEDIACIONES DEL ESTADIO “GABINO SOSA”
12.- AUGUSTO PANTAROTTO SERÁ ARQUITECTO DISTINGUIDO DE LA CIUDAD
13.- CREARON CONCURSO “LAS HISTORIAS DEL CONCEJO PARA LAS
INFANCIAS”
14.- EXPRESARON SOLIDARIDAD CON TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE
PRENSA LUEGO DE LA COLOCACIÓN DE UN CARTEL AMENAZANTE
15.- SOLICITAN AUDIENCIA A EDUARDO ROMAGNOLI, PRESIDENTE DEL
AEROPUERTO ISLAS MALVINAS
16.- EL CONCEJO MUNICIPAL CONVOCARÁ A UNA JORNADA PÚBLICA DE
DONACIÓN DE SANGRE
17.- EXPRESARON BENEPLÁCITO POR EL FALLO JUDICIAL CONDENATORIO
POR EL HOMICIDIO DE JONATHAN HERRERA
18.- MANIFESTARON PREOCUPACIÓN POR SITUACIÓN CLIMÁTICA MUNDIAL
_____________________________________________________________________
DESARROLLO
ADHESIÓN A LA LICENCIA DE CONDUCIR EN FORMATO DIGITAL
Expediente 261981 de la concejala Gigliani
D E C R E T O
Artículo 1º.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la repartición que corresponda gestione ante la Agencia Nacional de Seguridad Vial la implementación de la Licencia Nacional de Conducir en formato digital, creada por Disposición Nacional Nº 39/2019 DI-2019-39-APN-ANSV#MTR) en la ciudad, la cual será complementaria a la licencia física y cuyo diseño la replicará.
Art. 2º.- A los fines de avanzar en lo establecido en el artículo 1º, se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal, a la firma de convenios con la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
INSTITUCIONALIZARON LA FERIA DEL LIBRO DE ROSARIO
Expediente 264704 de la concejala Amalevi
O R D E N A N Z A
Art. 1º. Creación. Créase la Feria del Libro Rosario, con el fin de establecer esta propuesta como una identidad cultural de la ciudad. La misma tendrá como objetivos fomentar la lectura, promocionar distintas editoriales y escritores e incentivar el turismo.
Art. 2º. Autoridad de Aplicación. Establézcase que la autoridad de aplicación de la presente ordenanza será la Secretaría de Cultura y Educación de la Municipalidad de Rosario, o la que en el futuro la reemplace.
Art. 3°. Duración. La Feria del Libro deberá desarrollarse de forma anual y pública, con entrada libre y gratuita. La duración de la feria deberá ser determinada por la Autoridad de Aplicación.
Art. 4°. Convenios. A los efectos de organizar la Feria del Libro Rosario, y dar cumplimiento a la presente ordenanza, facúltase al D.E.M., a través del organismo que corresponda, a celebrar convenios con instituciones públicas y privadas.
Art. 5°. Promoción y Publicidad. El D.E.M. debe promocionar y divulgar la Feria del Libro Rosario a través de sus canales, redes y medios oficiales.
Art. 6°. Reglamentación. Establézcase que la presente ordenanza deberá reglamentarse en un plazo de 180 días de aprobada.
CREACIÓN DEL CONSEJO DE LA BICICLETA
Expediente 259211 de la concejala Rueda
O R D E N A N Z A
Artículo 1°.- Créase el Consejo de la Bicicleta como instancia de participación ciudadana, el cual funcionará como órgano asesor y consultivo del Departamento Ejecutivo Municipal y del Concejo
Municipal de Rosario, con relación a la política pública de movilidad activa; así como el seguimiento de estrategias, planes, proyectos y programas que se desarrollen en la ciudad relacionados con el uso de la bicicleta y la movilidad sostenible.
Art. 2°.- El Consejo de la Bicicleta tendrá las siguientes funciones:
• Asesorar al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Municipal de Rosario en materia
de movilidad sostenible – particularmente en lo referido a la bicicleta y otras formas de
movilidad activa-, en las ocasiones en que estas instituciones lo requieran.
• Promover el desarrollo de acciones y políticas públicas que tiendan a resolver problemáticas
asociadas al uso de la bicicleta, y que fomenten la seguridad vial y personal de los ciclistas.
• Garantizar el seguimiento de las acciones relacionadas al uso de la bicicleta que tienen lugar
en la ciudad, y proponer los ajustes pertinentes para asegurar el buen funcionamiento de estas
medidas.
• Evaluar el cumplimiento progresivo de las metas y objetivos dispuestos en el Plan Integral de
Movilidad y Plan Local de Acción Climática, en los puntos que se refieren a la cuestión del uso
de la bicicleta.
• Proponer acciones culturales y educativas a los fines de generar conciencia del buen uso de la
bicicleta al interior de la ciudadanía, mediante el vínculo con escuelas e instituciones de la
sociedad civil.
• Promover la ampliación del espacio, convocando a nuevos actores y organizaciones
vinculados al ciclismo y la movilidad sustentable.
• Fomentar la aplicación y el cumplimiento de la normativa vigente relacionada con el uso de la
bicicleta.
• Adoptar su propio reglamento de organización y funcionamiento.
Art. 3°.- El Consejo de la Bicicleta estará compuesto por un representante del Ente de la Movilidad de Rosario, un representante de la Secretaría de Movilidad, un representante de la Secretaría de Ambiente y Espacio Público, un representante de la Secretaría de Deporte y Turismo, un representante de la Secretaría de Cultura y Educación, un representante del Área de Participación Ciudadana de cada Centro Municipal de Distrito, un representante de la Comisión de Servicios Públicos Concedidos del Concejo Municipal, dos representantes de la Universidad Nacional de Rosario, un representante por cada ONG convocada.
Art. 4°.- El Consejo de la Bicicleta se plantea como un espacio abierto y representativo de la ciudadanía y del Estado. Los participantes podrán proponer la convocatoria a nuevos actores, organizaciones de la sociedad civil vinculadas a la materia, académicos, entre otros. Esta apertura será discutida por los integrantes del Consejo. Podrán incorporarse al espacio nuevos actores de manera permanente o excepcionalmente, para asesorar sobre una cuestión específica.
Art. 5°.- Cada reunión deberá contar con un registro escrito de la misma, a modo de acta. Este registro será de público conocimiento y debe servir como insumo al Departamento Ejecutivo Municipal para el desarrollo de sus acciones y políticas públicas orientadas a la bicicleta. La convocatoria a las reuniones y la organización del temario estará a cargo de la Secretaría de Movilidad, debiendo reunirse al menos 4 (cuatro) veces por año. La convocatoria a reunión podrá realizarse a partir de la sugerencia de cualquiera de los miembros del Consejo.
Art. 6°.- Toda la información referida al espacio – integrantes, nuevas incorporaciones, minutas y grabaciones de las reuniones, propuestas, acciones, entre otras – serán publicadas en la plataforma de Rosario Participa.
Art. 7°.- Los miembros del Consejo de la Bicicleta no recibirán ningún tipo de reconocimiento económico o en especie por las funciones desempeñadas dentro del mismo.
CAPACITARÁN EN PREVENCIÓN Y DETECCIÓN DE SITUACIONES
DE VULNERABILIDAD EN INFANCIAS, ADOLESCENCIAS Y JUVENTUDES
Expediente 261204 del concejal Cozzoni
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Establécense Capacitaciones especiales para la Prevención, Detección y Orientación en situaciones de vulnerabilidad de infancias, adolescencias y juventudes, destinado al personal, entrenadores y dirigentes de entidades deportivas y recreativas barriales.
Art. 2º.- Los objetivos serán:
a.- Sensibilizar e informar a los destinatarios, a través de la organización de charlas, talleres, jornadas de trabajo y otros instrumentos de promoción y adquisición del conocimiento, sobre las situaciones de riesgo en que pueden hallarse involucradas las niñas, niños, adolescentes y jóvenes que asisten a las entidades deportivas y recreativas barriales a realizar actividades propias de la misma.
b.- Brindar asesoramiento sobre los diferentes hechos, acciones, omisiones o circunstancias que implican perjuicio para su desarrollo integral identificando las situaciones familiares y las del entorno que pueden dar origen a marginación, exclusión o desadaptación social.
c.- Impartir contenidos de formación y análisis concreto sobre los indicadores que permiten detectar la posible existencia de una situación de riesgo social.
d.- Orientar sobre las formas de organización y realización de actividades deportivas y recreativas como herramientas de prevención.
e.- Proporcionar conocimientos sobre las pautas de actuación a seguir ante la detección de una situación de riesgo o ante la aparición de un conflicto.
f.- Puntualizar la información respecto de los recursos existentes desde el ámbito público, de las organizaciones no gubernamentales y de las entidades privadas a las que se puede acudir, para gestionar su intervención y lograr el desarrollo de estrategias conjuntas que resulten efectivas para la prevención y protección de los niños, niñas, adolescentes o jóvenes involucrados.
g.- Promover la participación de los destinatarios de las capacitaciones, tales como preparadores físicos, profesores, entrenadores, integrantes de gabinetes multidisciplinarios, personal auxiliar y miembros de comisiones directivas, en la búsqueda de soluciones ante la detección de factores de riesgo social que afecten a una persona o a un grupo, y ante los conflictos que se generen en el ámbito de la entidad.
Art. 3º.- Los contenidos abarcarán nociones básicas sobre los siguientes temas:
1.-La vulnerabilidad social a partir del quebrantamiento de derechos humanos.
2.-El reconocimiento de las necesidades, intereses, y aspiraciones que tienen las niñas, niños,
adolescentes y jóvenes en forma individual o grupal y las condiciones que obstaculizan la
satisfacción de las mismas.
3.-Los factores potenciadores y los factores compensadores de vulnerabilidad.
4.-Las actitudes y las conductas que caracterizan y permiten detectar las diferentes situaciones
de riesgo.
5.-Las necesidades insatisfechas y los riesgos consecuentes:
a) Físico-biológicas: alimentación, higiene, condiciones de vivienda y descanso, protección
integral, actividades físicas, salud, educación. Riesgos que genera su ausencia, deficiencia o
vulneración: desnutrición, malnutrición, o ingesta no apropiada a la edad, suciedad, parásitos,
sometimiento a temperaturas extremas, sanitarios inexistentes o incompletos, ruido ambiental,
lugar o espacio inadecuado, falta de sueño, accidentes domésticos, maltratos físicos, falta de
control médico frecuente, incumplimiento de planes de vacunación, facilitación de acceso a
sustancias psicoactivas o psicotrópicas, autolesiones.
b) Necesidades cognitivas: estimulación sensorial y comprensión de la realidad física y social.
Riesgos: falta de estimulación lingüística, retraso en el desarrollo no orgánico, no escuchar, no
responder, mentir, valores antisociales.
c) Necesidades emocionales y sociales: seguridad emocional, relaciones sociales, participación
y autonomía progresiva, interacción lúdica. Riesgos: generadores o indicadores de rechazo,
aislamiento social, imposibilidad de contactar con amigos, violencia verbal, amenazas, pérdida
de control, dependencia.
6.-Las nuevas situaciones de riesgo a partir de los entornos: cumplimiento de las funciones
parentales por parte de la familia, con entornos sociales que generan incumplimiento de
necesidades y constituyen factores de riesgo por acción u omisión: el maltrato físico y
psicológico, el acoso en sus diversas formas y a través de los instrumentos comunicacionales y
de las redes sociales, el maltrato entre iguales, en la escuela, en la calle, en el tiempo libre, en el
deporte, en las instituciones. Los daños físicos y psicológicos a través de la intimidación
psicológica, el buylling, la agresión física con o sin instrumentos (palos-navajas, etc.).
7.-El rol de padres, tutores o representantes legales, la familia ampliada; la familia ensamblada;
la monomarental y/o la monoparental.
8.-La adolescencia como etapa de cambios continuos y transformaciones a nivel corporal y
psíquico.
9.-Las conductas agresivas en el deporte: características que permiten detectarlas, erradicarlas
y/o modificarlas por otras más adaptativas.
10.-Las conductas de acoso en las instituciones y a través de las tecnologías de información y
comunicación.
11.-La influencia positiva y/o negativa de las redes sociales. Su incidencia en la construcción de
la personalidad, en la modificación de conductas y en la generación de conflictos en el ámbito
familiar, escolar o social. Problemas de identidad, baja autoestima y necesidad de aprobación
constante de sus usuarios.
12.-Los movimientos migratorios y los factores de riesgo en los hijos y demás integrantes de las
familias migrantes. Su incorporación a los clubes y entidades recreativas.
13.- Detección de cuestiones o conflictos vinculados al respeto por la perspectiva de género y la
diversidad; reconocimiento e identificación de los distintos tipos de violencias que pueden
originarse en el ámbito de la institución; la comunicación eficaz y las acciones para desechar las
prácticas que reproducen estereotipos de género, desigualdad y violencia. Recursos extra
institucionales. Incorporación de la perspectiva de género y la diversidad en la programación de
actividades de las entidades deportivas y recreativas.
14.- Rol de la institución y de los destinatarios de las capacitaciones ante la captación de
situaciones de riesgo que pueden estar afectando a niñas, niños, adolescentes y jóvenes.
15.-Actuación de operadores capacitados en la formulación de propuestas ante la situación
concreta de vulnerabilidad social. Posibles planes de actividades de prevención, detección,
orientación ante situaciones de riesgo social. La intervención profesional para el desarrollo de
estrategias efectivas.
16.-Los medios y recursos de que dispone el estado municipal, provincial y nacional, las
organizaciones no gubernamentales y el sector privado a los que acudir ante la detección de
situaciones de riesgo social. Estos contenidos podrán tener variaciones que no desvirtúen los
objetivos perseguidos, de acuerdo a las características y necesidades de las instituciones y a las
nuevas situaciones que se presenten o actualizaciones que corresponda efectuar. La autoridad de
aplicación, conjuntamente con los equipos a cargo de las capacitaciones, determinará la forma
de dictado y duración de las mismas como así también toda otra cuestión que facilite y
promueva la adhesión de las entidades y su participación.
Art. 4º.- Las capacitaciones estarán a cargo de la Secretaría de Deportes y Turismo en forma
conjunta con las Secretarías de Desarrollo Humano y Hábitat y de Género y Derechos
Humanos; serán desarrolladas por equipos multidisciplinarios integrados por profesionales y
técnicos en las áreas temáticas a desarrollar. Estos equipos podrán formarse con personal
integrante de la planta
municipal con suficiente expertise, o especialmente contratados al efecto, con antecedentes
teórico-prácticos suficientes.
Art. 5º.- Las actividades de capacitación podrán llevarse a cabo en los ámbitos que posee el
Municipio vinculados al deporte y la recreación y que integran el Centro Regional de Alto
Rendimiento Deportivo (CREAR) con sus tres escenarios deportivos principales, es decir
Hipódromo Independencia, Estadio Municipal Jorge Newbery y Predio Ferial -ex Rural- y los
seis clústeres satélites, a saber, Balneario la Florida, Estadio Mundialista de Hockey Luciana
Aymar, Velódromo Municipal, Complejo Municipal Emilio Lotuf, Parque del Mercado y
Centro Municipal Distrito Sudoeste. De igual modo se podrá acordar con las entidades
deportivas y recreativas su instrumentación en los propios ámbitos de las mismas o en otros
lugares que faciliten la asistencia de los inscriptos.
REALIZARÁN JORNADAS PÚBLICAS DE ANÁLISIS PRESUPUESTARIO DE
OBRAS PÚBLICAS NACIONALES Y PROVINCIALES DESTINADAS A ROSARIO
Expediente 264944 del concejal Rosúa
R E S O L U C I Ó N
El Concejo Municipal resuelve convocar a una Jornada Pública de Análisis Presupuestario con
el objeto de constituir un espacio de reflexión y estudio sobre las obras publicas que el Gobierno
Nacional destino a la ciudad de Rosario en su respectivo presupuesto y en otras normas donde
se adjudiquen fondos para la ejecución de obras.
La Comisión de Obras Publicas del Concejo Municipal de Rosario invitara a participar de la
Jornada Publica de Análisis Presupuestario a Funcionarios y Funcionarias de las distintas Áreas
del Estado Nacional, Senadores y Diputados Nacionales por la provincia de Santa Fe y
Miembros de las Organizaciones Sociales y Políticas con recorrido en el abordaje de la temática.
La Comisión de Obras Publicas del Concejo Municipal de Rosario solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que designe a el/los funcionario/s que considere pertinentes para participar de las jornadas a que hace referencia el párrafo 1° de la presente resolución.
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Expediente 264945 del concejal Rosúa
R E S O L U C I Ó N
El Concejo Municipal resuelve convocar a una Jornada Publica de Análisis Presupuestario con el objeto de constituir un espacio de reflexión y estudio sobre las obras publicas que el Gobierno Provincial destino a la ciudad de Rosario en su respectivo presupuesto y en otros instrumentos normativos donde se adjudiquen fondos para la ejecución de obras.
La Comisión de Obras Publicas del Concejo Municipal de Rosario invitara a participar de la Jornada Publica de Análisis Presupuestario a Funcionarios y Funcionarias de las distintas Áreas del Estado Provincial, Legisladores provinciales y Miembros de las Organizaciones Sociales y Políticas con recorrido en el abordaje de la temática.
La Comisión de Obras Publicas del Concejo Municipal de Rosario solicita al Departamento Ejecutivo Municipal que designe a el/los funcionario/s que considere pertinentes para participar de las jornadas a que hace referencia el párrafo 1° de la presente resolución.
PROPONEN IMPLEMENTAR RECORRIDO TURÍSTICO DE UN TREN A VAPOR
Expediente 264518 del concejal Tessandori
D E C R E T O
Artículo 1°.- Encomiéndase al Departamento Ejecutivo Municipal que, a través de la
repartición que corresponda, estudie la factibilidad de creación del “TREN TURISTICO A
VAPOR: VIAJANDO POR LA HISTORIA FERROVIARIA”, el cual, los fines de semana y
días feriados,
realizará un recorrido desde una parada a construirse en Bv. Oroño y el Río, hasta los galpones
de la ciudad de Pérez con paradas temáticas intermedias.
Art. 2°.- El estudio de factibilidad citado en el Artículo 1° deberá contemplar lo siguiente:
a.- La firma de un convenio con la Ciudad de Pérez y el Ferroviario Club Central Argentino
(FCCA) para la puesta en funcionamiento de una formación ferroviaria que recorra las vías
existentes del trayecto citado en el Artículo 1° del presente, con paradas temáticas en el
recorrido.
b.- La evaluación de las siguientes paradas turísticas:
1.- La inicial en Bv. Oroño y el Río Paraná proponiendo un recorrido temático el ferrocarril y el
surgimiento del puerto de Rosario;
2.- La estación Rosario Norte proponiendo un recorrido temático Barrio Pichincha;
3.- El Cruce Alberdi/Parque Scalabrini Ortiz proponiendo un recorrido temático “el Barrio
Inglés de Batten Cotage y Morrison Building”;
4.- La final en los talleres de Pérez proponiendo un recorrido temático en los mismos;
5.- Las que considere posibles para potenciar el recorrido.
Art. 3°.- El Departamento Ejecutivo Municipal determinará la forma de explotación de la
atracción turística, con la salvedad de que deberá ser gratuito para menores de 10 años,
jubilados y discapacitados.
CREAN EL PROGRAMA DE EDUCACIÓN VIAL CON PERSPECTIVA DE GÉNERO
Expediente 263489 de la concejala Ferrero
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- OBJETO. Crea, dentro del Plan de Seguridad Vial de la Municipalidad de
Rosario, Campañas de Educación Vial con Perspectiva de Género orientado a jóvenes de 4º, 5º
y 6º de escuelas secundarias de gestión oficial y privada.
Art. 2º.- OBJETIVOS. Campañas de Educación Vial con Perspectiva de Género tendrán por
objetivos:
a) Promover espacios de reflexión sobre la incidencia de los estereotipos de género en los
comportamientos viales de las juventudes en la ciudad.
b) Interpelar sobre las prácticas de conducción riesgosas asociadas al modelo de masculinidad
hegemónica a las juventudes de la ciudad.
c) Difundir y fomentar conductas de tránsito que contribuyan a la consolidación de una
convivencia vial pacífica y segura entre las juventudes de la ciudad.
Artículo 3. Las campañas consisten en la realización de talleres de sensibilización y reflexión
sobre los estereotipos de género determinantes en el comportamiento y la siniestralidad vial de
hombres y mujeres.
Art. 4º.- La realización de los talleres de educación vial con perspectiva de género estará
orientada a estudiantes de 4º, 5º y 6º año de Escuelas Secundarias de gestión oficial y privada de
la ciudad que los soliciten.
Art. 5º.- El contenido y formato de la Campaña será responsabilidad de la autoridad de
aplicación de la presente norma en consulta no vinculante con Organizaciones de la Sociedad
Civil referentes en la temática.
Art. 6º.- Se producirá material digital bibliográfico sobre educación vial con perspectiva de
género de acceso público a través de las plataformas digitales de la Municipalidad de Rosario.
Art. 7º.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN. La Secretaría de Control y Convivencia en
coordinación con la Secretaría de Género y Derechos Humanos de la Municipalidad de Rosario.
Art. 8º.- VINCULACIÓN INSTITUCIONAL. Para la implementación de la presente
ordenanza, el DE podrá realizar convenios de cooperación con organismos, agencias y áreas
nacionales y provinciales especializadas en la temática.
ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL CONTRA EL
CIBERACOSO DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
Expediente 258984 del concejal Fiatti
O R D E N A N Z A
Artículo 1°.– Adhiérase la ciudad de Rosario a la Ley Nacional N° 27.590, conocida como
“Ley Mica Ortega”, por la que se crea el Programa Nacional de Prevención y Concientización
del Grooming o Ciberacoso contra Niñas, Niños y Adolescentes.
Art 2°.– Comprométase el Departamento Ejecutivo Municipal a adoptar las medidas tendientes
a la efectiva aplicación de la misma en la ciudad de Rosario, autorizándolo a celebrar convenios
con organismos estatales y no estatales que propendan a la implementación del Programa en la
misma.
CADA 28 DE ABRIL SERÁ EL DÍA DE LA PROMOCIÓN DE
LOS DERECHOS DE LAS NIÑECES Y ADOLESCENCIAS TRANS
Expediente 263266 de la concejala Rueda
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Créase el “Día de promoción de los derechos de las niñeces y adolescencias trans”
en el ámbito de la Municipalidad de Rosario, cada 28 de abril, en conmemoración a la creación
del primer grupo de familias para acompañar a niñeces trans que se creó en la provincia de
Santa Fe llevado adelante por la subsecretaría de Diversidad Sexual Provincial y la organización
Varones Trans y Nobinaries Santa Fe.
Art. 2º.- Objetivos:
a- Visibilizar la importancia del respeto a la diversidad desde los primeros años.
b- Garantizar un abordaje respetuoso de las infancias y adolescencias diversas por parte de los
equipos y profesionales que trabajan en áreas vinculadas a niñez y adolescencia.
c- Promover instancias de capacitación y formación para una sociedad diversa y libre.
d-Visibilizar y generar instancias de toma de conciencia de los derechos de las infancias y
adolescencias trans y no binarias.
Art 3º.- La autoridad de aplicación será la Secretaría de Género y Derechos Humanos, que a los
fines de los objetivos de la presente norma deberá:
a- Realizar campañas de difusión y visibilización que promuevan la plena integración y el pleno
goce de los derechos de las infancias y adolescencias trans, en el conjunto social.
b- Promover instancias de capacitación y talleres a personas que se desempeñan en los ámbitos
de la educación, la salud, el deporte, el arte y otras áreas destinadas a infancia y adolescencia,
que estén bajo la órbita del Municipio.
c- Articular junto al Ministerio de Educación de la provincia, instancias de talleres en las
escuelas primarias y secundarias.
d- Articular la realización de charlas en Jardines de Infantes y Guarderías públicas y privadas,
para realizar capacitación con el personal docente a cargo.
e- Realizar charlas y talleres en áreas de salud que atiendan a infancias y adolescencias.
CAPACITARÁN A PERSONAL DE TAREAS DE
MANTEMIMIENTO EN PODA Y ESCAMONDA
Expediente 262124 de la concejala Ferradas
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- CREACIÓN: Créase un programa de capacitación en poda y escamonda sobre el
arbolado urbano para aquellas personas que presten tareas en empresas destinadas a realizar
mantenimiento urbano o a agentes municipales que realicen estas tareas.
Art. 2º.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN: La Secretaría de Ambiente y Espacio Público o el
área que en el futuro la reemplace será la Autoridad de Aplicación de la presente, y deberá
instrumentar el programa de capacitación para hacer efectivo el cumplimiento de la presente
Ordenanza.
Art. 3º.- DESTINATARIOS: Entiéndase esta capacitación a todas las empresas que,
atendiendo a tareas de diversas índoles, como el despeje de luminarias, líneas de servicios
públicos y reclamos puntuales, deban realizar mantenimiento y/o poda correctiva sobre arbolado
urbano.
Art. 4º.- OBLIGACIONES: Certificar la capacitación en poda y escamonda tendrá carácter
obligatorio para todos los agentes públicos o privados que realicen tareas de mantenimiento en
el ejido urbano y deberán presentarla ante la autoridad de aplicación. Esta certificación podrá
ser emitida por otros espacios de capacitación que la Secretaría de Ambiente y Espacio Público
considere compatibles.
Art. 5º.- INCUMPLIMIENTO: La empresa u organismo a las que se refiere esta Ordenanza
que se negare o no cumplimente con lo dispuesto en la misma no podrá volver a contratar o
prestar servicios para el Estado Municipal, tampoco obtener autorizaciones, concesiones,
permisos, y demás instrumentos habilitantes de ejercicios dentro del municipio.
CREARON PASEO “TOMÁS FELIPE TRINCHE CARLOVICH”
EN LAS INMEDIACIONES DEL ESTADIO “GABINO SOSA”
Expediente 264424 del concejal Cozzoni
O R D E N A N Z A
Artículo 1º.- Desígnase con el nombre “Paseo Tomás Felipe Trinche Carlovich” al tramo
comprendido por calle Virasoro entre calles Juan Manuel de Rosas y Leandro N. Alem, ambas
veredas.
Art. 2º.- El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las reparticiones que correspondan
determinará la delimitación del Paseo, diseñará y ejecutará la colocación de elementos alusivos
y de descanso e incorporará un dispositivo con Código QR que permita a los transeúntes y
visitantes conocer los aspectos más destacados de la personalidad del Trinche, las alternativas
de su carrera, sus dichos y opiniones, los logros deportivos y también material gráfico y fílmico
sobre el “Trinche Carlovich”.
Art.3º.- Dispónese la colocación de una placa en los exteriores del estadio Gabino Sosa cuyo
texto será el siguiente: “Homenaje de la ciudad de Rosario a Tomás “Trinche” Carlovich (1946-
2020)".
AUGUSTO PANTAROTTO SERÁ ARQUITECTO DISTINGUIDO DE LA CIUDAD
Expediente 263851 de la concejala Rueda
D E C R E T O
Artículo 1°. Declárase “Arquitecto Distinguido de la Ciudad de Rosario” al arquitecto Augusto
Leopoldo Pantarotto, por su creatividad y ética en el ejercicio profesional y por invalorable
aporte a la arquitectura y urbanismo de la ciudad.
Art. 2°.- El Concejo Municipal otorgará la presente distinción, como reconocimiento al
homenajeado, en un acto público que se llevará a cabo en fecha a designar.
CREARON CONCURSO “LAS HISTORIAS DEL CONCEJO PARA LAS INFANCIAS”
Expediente 264480 de la concejala Irigoitia
R E S O L U C I Ó N
1 – Créase en el ámbito del Concejo Municipal el concurso “Las historias del Concejo para las
infancias”. La convocatoria será abierta a todo aquel que desee presentar piezas en diversos
formatos y soportes vinculados a historias del Concejo Municipal. Estas piezas pueden ser
referidas a personalidades destacadas, eventos históricos trascendentes o la permanente
transformación de su arquitectura, y deben estar dirigidas al público infantil. Las piezas serán
evaluadas por un jurado, y posteriormente, se determinará cual tendrá mención de publicación.
2 – Para la confección de las bases y condiciones, así como para la coordinación del proceso de
conformación del jurado y selección de las obras, se designará una coordinación especializada
que desarrollará la mencionada tarea.
3 – En las bases y condiciones del concurso deberán necesariamente figurar: la cesión de
derechos de publicación y la presentación en calidad de obra inédita, además de otras
consideraciones necesarias que se establezcan. Sin perjuicio de ello, se deberá tener en cuenta:
a) La pieza ganadora será subida a la plataforma oficial del Concejo Municipal y otras
plataformas que permitan dar a conocer la historia del Palacio Vasallo.
b) Se colocarán en los distintos salones del edificio códigos QR impresos que remitan a los
contenidos elaborados para servir como soporte en las recorridas abiertas que ya ofrece la
institución.
c) Deberán considerarse los criterios más actuales de inclusividad para la difusión de los
contenidos en cualquiera de los formatos en que se vaya a reproducir la pieza ganadora.
d) La pieza ganadora y las seleccionadas como finalistas serán retribuidas conforme se
establezca en las bases y condiciones. La entrega de los premios se realizará en el recinto de
sesiones del Concejo Municipal.
4 – Para mayor transparencia del Concurso, la conformación del jurado deberá contar con al
menos, 2 (dos) personalidades de la ciudad distinguidas en la escritura para niños, niñas y
adolescentes que serán seleccionadas por el Cuerpo, por el/la coordinador/a del concurso, 2
(dos) niños o niñas con interés en la escritura, y un/a evaluador/a externo que efectuará su labor
mediante el proceso de evaluación “doble ciego”, para evitar conflictos de intereses. Cada
uno/as de los/as integrantes será retribuido/a económicamente por su labor, en una suma lo que
se establecerá al momento de la redacción de las bases y condiciones.
5 – El cronograma de trabajo previsto responderá a la siguiente planificación: 1° Lanzamiento
de bases y condiciones; 2° Presentación de obras: con un plazo de, al menos, dos meses; 3°
Evaluación: con un plazo de, al menos, un mes y medio; 4° Veredicto.
EXPRESARON SOLIDARIDAD CON TRABAJADORES Y TRABAJADORAS
DE PRENSA LUEGO DE LA COLOCACIÓN DE UN CARTEL AMENAZANTE
Expediente 265099 de Labor Parlamentaria
D E C L A R A C I Ó N
El Concejo Municipal de Rosario repudia las amenazas a periodistas de la ciudad expuestas a
través de un cartel de tela colgado en la reja exterior de Canal 5. A la vez, se solidariza con
todas las trabajadoras y trabajadores de prensa que desarrollan diariamente su tarea de informar
a la población e insta al gobierno provincial a fortalecer las tareas de prevención e inteligencia
en seguridad para poner fin a la impunidad de grupos mafiosos que generan un clima de terror
en las calles de Rosario.
SOLICITAN AUDIENCIA A EDUARDO ROMAGNOLI,
PRESIDENTE DEL AEROPUERTO ISLAS MALVINAS
Expediente 265135 de la concejala Irizar
R E S O L U C I Ó N
El Concejo Municipal resuelve solicitar audiencia al Presidente del Aeropuerto Internacional
Islas Malvinas, Sr. Eduardo Romagnoli, a los fines de plantear la situación crítica que atraviesa
el aeropuerto de nuestra ciudad, y plantear propuestas que apunten a mejorar la conectividad de
la ciudad.
EL CONCEJO MUNICIPAL CONVOCARÁ A UNA
JORNADA PÚBLICA DE DONACIÓN DE SANGRE
Expediente 265155 de la concejala López
R E S O L U C I Ó N
1º.- El Concejo Municipal de Rosario resuelve convocar a jornada de donación de sangre, en las
instalaciones del Palacio Vasallo, en coordinación con el Centro Único de Donación, Ablación e
Implante de Órganos (CUDAIO) en el mes de noviembre de 2022.-
EXPRESARON BENEPLÁCITO POR EL FALLO JUDICIAL
CONDENATORIO POR EL HOMICIDIO DE JONATHAN HERRERA
Expediente 265161 de la comisión de Feminismos, Disidencias y Derechos Humanos
D E C L A R A C I Ó N
El Concejo Municipal de Rosario expresa su beneplácito por la sentencia dictada por la Cámara
de Apelaciones de Rosario dada a conocer el día 12 de octubre, en la que se condenó al policía
Ramiro Rosales a 17 años de prisión por el delito de homicidio simple agravado por el uso de
armas de fuego cometido contra Jonathan Herrera, joven de nuestra ciudad asesinado el 4 de
enero de 2015, por erigirse como un precedente histórico en materia de lucha contra la violencia
institucional.
Este Concejo manifiesta una vez más su apoyo y acompañamiento a la familia de Jonathan
Herrera y a las organizaciones que integran la Multisectorial Contra la Violencia Institucional
en su lucha contra la impunidad en este caso y reconoce su invaluable labor en materia de la
construcción de justicia contra las graves vulneraciones a los derechos humanos.
MANIFESTARON PREOCUPACIÓN POR SITUACIÓN CLIMÁTICA MUNDIAL
Expediente 264869 del concejal Seisas
D E C L A R A C I O N
“El Concejo Municipal expresa su profunda preocupación frente a los resultados publicados en la Declaración de la Organización Meteorológica Mundial (OMM) sobre el estado del clima mundial durante los años 2021 y 2022, y exhorta, al mismo tiempo, a la totalidad de las autoridades políticas en sus distintas competencias y jurisdicciones, a un compromiso activo, eficaz y eficiente en el desarrollo y aplicación de políticas públicas verdaderamente
comprometidas en la defensa del medio ambiente».





