La ministra de Igualdad, Género y Diversidad de Santa Fe, Florencia Marinaro, anunció este martes que tras once años, familiares de Paula Perassi podrán acceder a la ley Brisa y cobrar una reparación económica.
Si bien la pregunta “dónde está Paula Perassi”, desaparecida el en septiembre de 2011, todavía no ha sido respondida, sus padres comenzarán a recibir una ayuda económica para la crianza de los hijos de la mujer.
“Hoy esta familia accede a un precedente histórico, a la ley Rennya más conocida como ley Brisa”, escribió en redes Marinaro. La reparación económica está destinada a hijos e hijas de víctimas de femicidios, por lo que la causa Perassi no cumplía con los requisitos teniendo en cuenta que el cuerpo de la joven sanlorencina sigue sin ser hallado.
“De todos modos, por el trabajo articulado de Género de Santa Fe y el Ministerio de Género de Argentina, ante la CoPeSe de ley Rennya, se decidió iniciar la tramitación y no exigir una sentencia judicial cuando ya había hechos probados en la causa, como el de muerte en contexto de aborto”, agregó la ministra en sus redes.
Para finalizar, escribió: “Por la lucha incansable, por el pedido de Justicia de Paula Perassi”, junto a un emoji de corazón violeta.
Ley Brisa
La Ley Brisa reconoce el derecho a cobrar una suma mensual y a tener cobertura de salud para las niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia familiar o de género.
Derecho a la reparación económica
¿Quiénes tienen derecho a recibir la reparación económica que establece esta ley?
Las personas menores de 21 años cuya madre, padre o progenitor o progenitora afín murió a causa de violencia de género o de violencia dentro de la familia.
Pueden ser argentinos o residentes. Si son residentes deben acreditar residencia de 2 años de manera continua.
Las personas con discapacidad pueden cobrar la reparación económica sin límite de edad.
¿Qué requisitos se deben cumplir para recibir la reparación económica?
Se deben cumplir los siguientes requisitos:
En el caso de que el progenitor o progenitor afín haya sido procesado o condenado, se necesita que el auto de procesamiento como la sentencia estén firmes.
En el caso de la extinción penal por causa de muerte se necesita que la autoridad judicial declare la extinción de la acción por causa de muerte.
En el caso de fallecimiento por violencia intrafamiliar o de género se necesita que la autoridad judicial competente lo determine.




